Indemnización por daño moral en un caso de impugnación de paternidad

Indemnización por daño moral en impugnación de paternidad
La Audiencia Provincial de Murcia reconoce una indemnización por daño moral en un procedimiento de impugnación de paternidad al apreciar ocultación de dudas sobre la filiación.

La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado una sentencia que reconoce el derecho de un hombre a ser indemnizado tras comprobarse que no era el padre biológico de una menor cuya filiación constaba inscrita a su favor.

La resolución, Sentencia n.º 80/2026, de 3 de marzo de 2026, ECLI:ES:APMU:2026:418, analiza un supuesto de impugnación de paternidad en el que el demandante solicitó la nulidad de la filiación inscrita y la reparación de los perjuicios sufridos después de haber asumido durante años obligaciones propias de la paternidad.

En el procedimiento, las partes aceptaron que no existía vínculo biológico y también se alcanzó acuerdo sobre la devolución de determinadas cantidades abonadas en concepto de alimentos y gastos. La cuestión discutida quedó centrada en si, además de esas cantidades, procedía reconocer una indemnización por daño moral.

La madre recurrió la sentencia alegando que no había actuado con dolo y que no conocía con certeza la falta de paternidad biológica. Sin embargo, la Audiencia Provincial desestima el recurso y confirma la indemnización. El tribunal considera que, aunque no se haya probado una conducta intencionada, sí puede existir responsabilidad civil cuando se ocultan dudas objetivas sobre la filiación.

La Sala entiende que la madre debía haber informado al demandante de esas dudas, dada la importancia personal, familiar y jurídica que tiene la determinación de la paternidad. La falta de comunicación de esa información relevante puede generar un perjuicio emocional indemnizable.

La sentencia confirma la nulidad de la inscripción registral de la filiación paterna, la devolución de las cantidades abonadas por alimentos y gastos, y una indemnización adicional de 5.000 euros por daño moral.

Esta resolución es relevante porque aborda una cuestión todavía discutida en los tribunales: si la ocultación de dudas sobre la paternidad puede dar lugar a una compensación económica por el daño emocional sufrido. La Audiencia Provincial de Murcia se alinea con las resoluciones que admiten esta posibilidad cuando concurren los requisitos de la responsabilidad civil.

En procedimientos de filiación, impugnación de paternidad, reclamación de alimentos o responsabilidad civil familiar, resulta esencial estudiar las circunstancias concretas del caso, la prueba disponible y el alcance de los perjuicios sufridos.

Desde Toledano y Arévalo Abogados, despacho de abogados en Córdoba, asesoramos en procedimientos de derecho de familia, filiación, impugnación de paternidad y reclamación de daños, ofreciendo un análisis jurídico individualizado de cada situación.